Herramienta
¿Cuánto cobra un administrador de consorcios?
Cargá las unidades de tu edificio y el tipo de servicios que tiene, y te mostramos el honorario mensual de referencia según la tabla vigente de la Cámara de la Propiedad Horizontal (agosto y septiembre de 2026). Es el número con el que se compara el mercado — y el punto de partida para que te hagamos un presupuesto pensado para tu edificio.
Referencia de la Cámara · agosto y septiembre de 2026
$ 684.400por mes, sin IVA
Equivale a $ 28.517 por unidad (24 unidades equivalentes).
Esto es una referencia, no nuestro presupuesto.
No dependemos de la tabla de la Cámara: miramos el presupuesto de cada edificio y armamos un honorario que sea cómodo para los propietarios. Lo mejor es una conversación de diez minutos.
Método y valores de la tabla bimestral de honorarios sugeridos por la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, vigentes para agosto y septiembre de 2026. No incluyen IVA ni aranceles por trámites puntuales.
Por qué el número es una referencia
La tabla de la Cámara es la que usan la mayoría de las administraciones para cotizar, y sirve para que un consejo de propietarios sepa si lo que le cobran está dentro de lo razonable. Pero es un promedio de mercado: no sabe si tu edificio tiene un encargado con vivienda, dos ascensores viejos, una obra pendiente o cinco expensas en juicio.
Nosotros no cotizamos por tabla. Miramos el presupuesto real del consorcio y armamos un honorario que se pueda sostener sin que las expensas se vayan de lo cómodo para los propietarios. Muchas veces queda por debajo de la referencia; otras, el trabajo que hay que hacer el primer año justifica otra cosa. En cualquier caso, lo hablamos antes.
Qué incluye el honorario y qué no
El honorario mensual cubre la administración ordinaria: liquidación de expensas, cobranzas, pagos, sueldos y cargas del encargado, atención a propietarios y proveedores, asambleas ordinarias y la documentación que exige la Ley 941. La tabla de la Cámara deja aparte, con aranceles propios, trámites puntuales como certificados de expensas, declaraciones juradas, contestación de oficios, mediaciones o la rendición final por cambio de administración.
En el estudio, como el titular es abogado y contador, buena parte de lo que otras administraciones derivan a terceros —intimaciones por expensas, contratos con proveedores, la parte impositiva— se resuelve adentro. Eso también entra en la conversación.
Si querés auditar antes de cambiar
Cuando un consorcio compara honorarios, casi siempre es porque algo de la gestión actual no cierra. Antes de cambiar de administrador, muchas veces conviene una auditoría de la administración: una revisión contable y legal que dice con números en qué estado está el edificio.