Guía del consorcio

Cómo cambiar de administrador de consorcio en CABA

Por · Abogado y Contador Público

Cambiar de administrador es una decisión del consorcio, no un trámite imposible. Bien hecho, el proceso es ordenado y deja al edificio en mejores condiciones. El punto crítico no es la votación: es el traspaso.

Primero: leé el reglamento de copropiedad

El reglamento define cómo se designa y se remueve al administrador y qué mayoría hace falta. El Código Civil y Comercial prevé que el administrador designado por asamblea puede ser removido —en general sin expresar causa, salvo pacto en contrario—, pero las reglas concretas (mayorías, forma de convocar) salen del reglamento de tu edificio.

El proceso, paso a paso

  • Diagnóstico con el consejo: reunir al consejo de propietarios y ordenar los motivos y la documentación.
  • Convocatoria a asamblea: incluir en el orden del día la remoción del actual y la designación del nuevo administrador.
  • Votación: decidir con la mayoría que fija el reglamento y dejar todo asentado en el acta de asamblea.
  • Notificación al saliente y fijación de la fecha de traspaso.
  • Traspaso con actas de recepción firmadas por ambas partes (ver abajo).
  • Inscripción del nuevo administrador y actualización de los datos ante el Registro Público de Administradores.

El traspaso: dónde se juega todo

Un cambio prolijo exige recibir y cotejar:

  • Libros del consorcio y documentación obligatoria.
  • Saldos y movimientos de la cuenta bancaria del consorcio, y el fondo de reserva.
  • Documentación laboral del personal: legajos, aportes, ART.
  • Contratos vigentes con proveedores y estado de los seguros.
  • Estado de juicios y de la morosidad en expensas.

Recibir todo esto sin actas ni control es la principal fuente de conflictos. Por eso conviene cerrarlo con respaldo documental.

Conviene auditar antes de decidir

Cuando hay dudas sobre la gestión saliente, una auditoría previa permite saber exactamente cómo se administró el edificio y entrar al cambio con fundamento, no con sospechas.

Cómo lo hacemos nosotros

En Estudio Asencio el traspaso es el primer paso de nuestra gestión, con actas de recepción y revisión legal y contable de lo recibido. Lo contamos en la guía cómo tomamos la administración de tu edificio.

Preguntas frecuentes

¿Qué mayoría se necesita para cambiar de administrador?

La mayoría la fija el reglamento de copropiedad del edificio. En su defecto, el Código Civil y Comercial prevé que el administrador designado por asamblea puede ser removido, en general sin necesidad de expresar causa, salvo pacto en contrario. Por eso el primer paso es siempre leer el reglamento.

¿El administrador saliente está obligado a entregar la documentación?

Sí. Debe entregar los libros, la documentación contable y laboral, los saldos y la cuenta bancaria del consorcio, los contratos y la información de juicios. La entrega conviene formalizarla con un acta de recepción firmada por ambas partes.

¿Cuál es el mejor momento para cambiar de administrador?

La ventana natural es la asamblea ordinaria, donde se tratan las cuentas y las designaciones. De todos modos, puede convocarse una asamblea extraordinaria con el tema en el orden del día cuando la situación lo amerite.

¿Querés una mirada profesional sobre tu consorcio?

En Estudio Asencio integramos lo legal, lo contable y la administración diaria en un solo equipo. Pedí una auditoría o escribinos para conversar tu caso.

Otras guías

Esta guía es de carácter general e informativo y no constituye asesoramiento legal ni contable para un caso concreto. Ante una situación puntual, consultá con un profesional. Última actualización: .